Panamá, martes 4 de agosto de 2009
ESTADO
‘Corporatización’
El término Corporatización como que
no le suena atractivo al ciudadano común y quizás lo considera hasta foráneo,
pero para la administración pública puede ser una buena herramienta, aunque no
faltarán los estudiosos de esa materia, que esa palabra y la utilización de esa
herramienta no es más que el inicio de la privatización de los servicios
públicos y otras actividades propias del Estado.
En realidad la Corporatización hay
que analizarla en el más amplio contexto, y si es viable realizarla al amparo
de la Constitución, si ya se ha hecho en suelo patrio, qué resultados hemos
tenido, si se ha perfeccionado y qué ha ocurrido en otras latitudes del mundo.
Nuestra Constitución, en su artículo
159, ordinal 13, establece la facultad que tiene el Estado para expedir los
pactos sociales para empresas de economía mixta o empresas industriales o
comerciales que se dediquen a la prestación de servicios públicos.
Si esta norma existe en los últimos
19 años, qué ha ocurrido en nuestro medio; se han creado varias sociedades
anónimas para atender servicios públicos para la ciudadanía, es decir, sí se
inició el proceso de Corporatización en el país, en efecto, se dio con la
creación de Intel, S.A.
El caso de esta corporación es único,
debido a que la ley que la creó autorizó la venta del 49% de sus acciones y un
régimen de administración de sus activos y negocio por parte del adquirente de
la porción accionaria antes indicada, la fórmula utilizada tiene sus
detractores y defensores, pero en todo caso lo que hay que analizar es el
resultado de la venta y el beneficio que ha tenido la Nación.
Sobre la base de lo anterior, estimo
que el proceso realizado con Intel, S.A. debe quedarse allí, por dos hechos,
porque uno, no se completa la privatización y dos, el Estado obtiene buenos
ingresos que retornan al Tesoro Nacional vía los dividendos, los impuestos de
Itbms por los bienes y servicios que adquiere y el impuesto sobre la renta que
paga.
Los otros casos son la Empresa de
Transmisión Eléctrica – Etesa y la más reciente, Tocumen, S.A., ambas
sociedades de derecho privado que desarrollan servicios públicos que tienen
resultados económicos orientados por la demanda del consumidor o usuario,
aplicando conceptos comerciales y empresariales para dar servicios de calidad y
eficiencia.
También se aplica el concepto de
optimizar las inversiones para beneficio del usuario (ciudadano común), de sus
colaboradores (anteriores funcionarios públicos) que pueden obtener salarios
según el perfil adecuado de cada posición e ingresos adicionales por resultados
de funciones o primas de productividad y de sus accionistas (Estado).
Lo que persigue la Corporatización de
un servicio público, es un cambio en la estructura organizativa de la actividad
que realiza la administración pública, dándole total independencia:
administrativa y económica, pero con los controles corporativos de auditoría,
fiscalización y rendición de cuentas permanente por resultados administrativos,
económicos y financieros de la corporación, lo cual se traduce en transparencia,
porque se aplican todas las técnicas de administración comercial y empresarial
modernas y constante actualización.
Una “corporación” 100% propiedad del
Estado con las características comentadas y las que ampliamente se practican en
varias partes del mundo, como en Norteamérica, Europa, Sur África y Asia, puede
utilizarse como una herramienta para resolver grandes escollos que tenemos en
nuestro país, tales como la recolección y reciclaje de la basura, cobro
oportuno del servicio de agua potable y alcantarillado, servicios hospitalarios
y farmacéuticos, correos urgentes (courier) y principalmente el transporte
público en toda su extensión.
Finalmente, los ciudadanos que ocupen
las posiciones de carácter directivo, gerencial, ejecutivos y colaboradores en general
no solo deben ser los mejores, sino los adecuados para que los servicios
públicos a prestar tengan éxito mediante la Corporatización.
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